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Casación ratificó que Cristina Kirchner deberá seguir con tobillera electrónica y régimen de visitas

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de la defensa y confirmó el uso del dispositivo de monitoreo y las restricciones a su lista de visitas. Solo Borinsky votó en disidencia sobre ambas medidas.

Redaccion by Redaccion
11 julio, 2025
in Política
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Casación ratificó que Cristina Kirchner deberá seguir con tobillera electrónica y régimen de visitas
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La Cámara Federal de Casación Penal decidió este viernes mantener las medidas impuestas a Cristina Fernández de Kirchner dentro del régimen de prisión domiciliaria, luego de evaluar los planteos de defensa y del Ministerio Público Fiscal. El tribunal, integrado por los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó la solicitud de eliminar la tobillera electrónica y flexibilizar el régimen de visitas no autorizadas previamente.

El fiscal general Mario Villar desistió del pedido de revocación de la prisión domiciliaria, al considerar que las condiciones justificantes iniciales ya no subsisten. Por su parte, Hornos y Barroetaveña votaron en mayoría a favor de mantener las restricciones señalando que éstas permiten un control judicial eficaz y resguardan tanto la ejecución de la pena como la seguridad de la ex mandataria.

En su voto en disidencia, Borinsky sostuvo que la tobillera es innecesaria por la custodia permanente que proporciona la Policía Federal, y consideró que restringir las visitas sin autorización judicial vulnera derechos básicos y excede lo legalmente exigido.

El fallo remarca que la prisión domiciliaria es una medida excepcional bajo vigilancia judicial, susceptible de revisión si cambian las circunstancias. El domicilio —ubicado en San José 1111, Ciudad de Buenos Aires— se mantiene sin alteraciones, y cualquier modificación deberá evaluarse por razones de orden público o seguridad pero no por competencia del tribunal penal.

La resolución detalla además que el dispositivo electrónico se enmarca dentro de la normativa penal vigente, y ratifica que el acceso irrestricto a familiares, abogados y médicos no se ve afectado. Cualquier persona fuera de este círculo debe solicitar una autorización razonable para ser admitida

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